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Algunas sugerencias para antes de firmar un contrato

En el caso que se decida proceder autonomamente, aconsejamos prestar máxima atención sobre todo en el caso de no contar con experiencia contractual. A continuación una serie de directrices útiles para moverse con más seguridad.

¿Hay un contrato regular?

En primer lugar, evitar realizar acuerdos verbales: la falta de claridad de las partes (sea del locador que del inquilino) puede causar mal entendidos.
Si es la primera vez que se trata con un contrato de locación, aconsejamos de no apresurarse, de no firmarlo por temor de perder la oportunidad: es su derecho lo de comprender el contrato, exigir trasparecia y claridad en todas las condiciones.
Te aconsejamos por lo tanto leerlo atentamente y realizar preguntas. Si no resulta claro, solicita una copia o un esbozo del mismo, fija un término con el propietario dentro del cual dar una respuesta (máximo un día), y toma todo el tiempo necesario para hacerlo ver a un profesional (que sea un abogado o un sindicato) o a un experto del servicio Bussola.

¿Dónde poner atención a la hora de leer un contrato?

  1. Asegurarse de que se trate de uno de los contratos previstos por la ley n. 431/98.
  2. Un contrato válido debe contener los elementos esenciales previstos por el Código Civil (ver el capitulo siguiente).
  3. Duración del contrato: te aconsejamos informar desde el principio al locador el tiempo de tu permanencia en Bolonia.
  4. Rescinción del contrato y posibilidad de que otro inquilino entre en tu lugar (es decir el Subentro): verificar siempre que hayan éstos dos artículos en el acuerdo formal, recordando que, en caso de contrato conjunto, no será posible a un inquilino interrumpir la relación contractal dando preaviso a menos que antes no haya encontrato un sustituto.
  5. Verificar que no existan “cláusulas abusivas”, es decir condiciones demasiado onerosas para el inquilino (por ej: "en el caso que el locatario no haya efectuado el pago en tiempo y forma estipulado en el contrato, el propietario se reserva el derecho de cerrar la habitación con llave hasta que el inquilino no haya proveido a la realización del pago, etc...").
  6. Restitución del depósito: si no está previsto en el contrato, es necesario detallar la modalidad en la cual se devolverá el deposito, sobre todo si eres un estudiante extranjero. Recordamos que según el art 11 de la ley n. 392/98, el depósito causional nunca puede superar el precio de tres mensualidades y tiene como función garantizar al locador, “ no solamente el pago del canon, sino que además el resarcimiento de los daños efectuados por la omisión en la recuperación de los ambientes”.
  7. Verificar el estado del departamento: comprobar las condiciones en las cuales se encuentra el inmueble da ocupar para relevar eventuales daños de precedentes inquilinos o señalar reparaciones necesarias que el locador tendrá que ralizar a su costo para hacer idóneo el uso del inmueble. Sólo Después de tales veríficas es aconsejable firmar el contrato. Es preferible, además, redactar un verbal de entrada o inventario de los bienes, o realizar algunas fotos sobre el estado del inmbueble al momento de la firma del contrato, al fin de facilitar la entrega del apartamento al término del contrato.
  8. Facturas y activación de servicios: el costo de la activación de los servicios es a cargo del inquilino, salvo en el caso de que no sea más conveniente optar por el cambio de titular llamado “voltura”. Existen diferentes posibilidades de pago de las facturas y generamente, cuando la duración del contrato es breve, es el locador a decidir la modalidad de pago para garantizarse la certeza en el cumplimiento de las mismas.
    Ejemplos:
    - pago de una cuota fija con saldo al final del período;
    - pago a forfait basado sobre el histórico de las facturas ya pagadas;
    - pago según el utilizo efectivo equitativamente compartido entre los inquilinos, pero los gastos pueden ser anticipados por el arrendador, si decide poner a su nombre las facturas, y reembolsados previa presentación de las mismas.

Consejos útiles

  1. Es preferible pagar la mensualidad y el depósito sólo después de haber formalizado el acuerdo.
    NUNCA dar o experdir dinero sin tener el recibo o estar seguro de la identidad del arrendador.
  2. Firmar un contrato es afirmar que el apartamento se encuentra en las condiciones de poder ser usado. Es necesario por consiguiente, antes de formalizar el acuerdo, verificar el estado efectivo del inmueble, relevar eventuales daños y arreglos que se deben realizar para transformar el piso idóneo al uso habitativo.
  3. Girar el depósito: el sucesor versa el depósito al inquilino que está por salir del contrato preexistente. Es la via más simple para el locador y aparentemente para el locatario entrante y saliente, pero éste último no es tutelado. El arrendador está obligado a verificar el estado del piso cuándo el estudiante entra y cuándo sale y que haya al menos un concenso escrito entre las partes (locatario, cedente y cesionario) a fin de que el pasaje directo de la fianza del cesionario al cedente sea autorizada por el propietario.

En fin, además de la forma escrita, del inserimiento de cláusulas, términos, condiciones y garantía, la experiencia nos dice que la trasparecia y la claridad son los "ingredientes" necesarios para favorecer serenidad y colaboración entre las partes durante todo el período contractual.

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